Preguntas Frecuentes

Preguntas Frecuentes2018-03-07T23:34:01-03:00
Tuve un siniestro. ¿Qué hago?2018-04-05T15:56:20-03:00

Antes que nada, contáctate con tu Productor Asesor de Seguro dentro de las 72 hs.. Ingresá una denuncia administrativa y detallá: día, hora y lugar donde ocurrió el siniestro, los daños que sufrió tu vehículo y, si hay terceros involucrados, sus datos personales, los del seguro y las lesiones y/o daños materiales que hayan sufrido.

Podés comunicarte con nosotros a través de los siguientes medios:

  • Telefónicamente al 02284 440440.
  • Productor asesor de seguros.
  • Oficinas comerciales.

Después de ingresar la denuncia, tenés que firmar en una de nuestras oficinas para formalizar el proceso. Luego, debés presentar tu licencia de conducir y, si hubo un robo, la denuncia policial. Una vez concretado lo anterior, se iniciarán las gestiones administrativas correspondientes.

¿Cómo realizo el reclamo en la compañía de seguros de la persona que me chocó?2018-03-20T19:17:04-03:00

Contactá a la compañía de seguros del involucrado en el choque. Ellos te marcarán los pasos a seguir. Normalmente, piden:

  • Una denuncia administrativa en tu aseguradora.
  • Certificado de cobertura.
  • Licencia de conducir.
  • Cédula verde.
  • Fotos de los daños y presupuesto (aunque no en todos los casos).
  • Carta de franquicia (para reclamar por la franquicia, si contás con una cobertura Todo Riesgo).

Debés realizar este trámite de manera particular. No intervenimos ante el seguro del tercero.

Si tuve un siniestro con un asegurado de Nativa Seguros, ¿cómo procedo?2018-03-07T23:08:52-03:00

Antes que nada, comunicate con nosotros a través de los siguientes medios:

  • Telefónicamente al 02284 440440.
  • Productor asesor de seguros.
  • Casilla institucional: info@nativaseguros.com.ar
  • Oficinas comerciales.

Te vamos a pedir los datos de nuestro asegurado (número de póliza y patente) para verificar si ya ingresó la denuncia. Si éste es el caso, te pasaremos el número con el que registramos el siniestro e indicaremos el lugar y la documentación a presentar para llevar adelante tu reclamo.

¿Con cuánto tiempo cuento para reclamar por un siniestro?2018-03-07T23:18:06-03:00
  • Si sos nuestro asegurado: después de hacer la denuncia dentro de las 72 horas, tenés hasta un año para gestionar el trámite.
  • Si no sos nuestro asegurado: tenés hasta tres años para realizar el reclamo.

 

 

¿Qué es la franquicia?2018-03-07T23:20:10-03:00

Se trata de un monto fijo que abona el asegurado en la reparación del daño producido por el siniestro.
El excedente corre por cuenta de la aseguradora.

¿Qué documentación del seguro tengo que llevar para poder conducir?2018-03-07T23:24:20-03:00

Tenés que portar la constancia de cobertura, que detalla las coberturas contratadas, junto con la tarjeta de seguro obligatorio automotor y, si viajás a uno de los países de la región, el Certificado Mercosur.
Toda esta documentación debe estar vigente, aunque no es obligatorio acreditar el pago del seguro. (Ley de tránsito 24.449 Art. 68. Podés verificar la información en la credencial del seguro obligatorio).

¿Hasta cuándo tiene vigencia mi seguro si ya terminé el plan prendario?2018-03-07T23:23:48-03:00

La vigencia de la póliza depende de la vigencia del plan. No importa si tu documentación indica una fecha posterior a la cancelación de la prenda.

Resolución SSN, cláusula vigente CA-CO 12.1: “Finalización de la cobertura por cancelación de deuda prendaria. El pago de la última cuota del automotor o la cancelación anticipada de la deuda prendaria implica la rescisión automática de la presente póliza.”

Si compré un vehículo a través de un plan prendario, ¿cuándo empieza mi cobertura?2018-03-07T23:25:08-03:00

Si nos elegiste como aseguradora, cuando retires el vehículo de la concesionaria recibirás un certificado provisorio. A partir de entonces, ya contarás con la cobertura. La concesionaria se encargará de enviar la información del seguro al plan. Luego, nosotros recibiremos esta información y emitiremos tu póliza.

¿Qué cubre este seguro?2018-03-07T23:27:25-03:00

Este seguro integral para tu vivienda familiar y mobiliario te cubre ante los siguientes riesgos, entre otros:

  • Incendio.
  • Daños de la naturaleza.
  • Robo y/o hurto del mobiliario.
  • Daños sufridos por electrodomésticos y equipamiento electrónico.
  • Rotura de cristales.
  • Gastos de remoción de escombros.
  • Daños por agua por rotura de cañerías.
  • Responsabilidad Civil frente a terceros por hechos privados.

 

Podés elegir entre distintas combinaciones de coberturas preestablecidas o diagramar las coberturas según tus necesidades.

¿Qué hago tras un incidente en el hogar asegurado?2024-09-13T12:33:22-03:00

Ante cualquier hecho cubierto en tu póliza, podés hacer la denuncia telefónicamente al 02284 440440. También la podés hacer a través del Productor Asesor de Seguros.

Si quiero asegurar una casa, ¿cuáles son las condiciones?2018-03-07T23:29:03-03:00

Para contratar un seguro de Combinado Familiar, la viviendo deberá estar construida con:

  • Estructura
  • Cerramientos laterales externos
  • Techos de materiales clasificados como resistentes al fuego o combustibles

Asimismo, debe cumplir con ciertas normas de seguridad:

  • Estar habitada en carácter de permanencia
  • Contar con cerraduras doble paleta o bidimensionales en todas las puertas de acceso. Además, las ventanas, puertas, tragaluces y cualquier otra abertura con paneles de vidrio y/o similares que se encuentren en planta baja y den a la calle, un patio o un jardín, deberán tener una reja de protección de hierro.
  • Si la vivienda no tiene rejas, debe tener un sistema de alarma.
  • Si es una vivienda en planta baja que linda con un terreno baldío, una plaza, una obra en construcción, una vivienda abandonada o una playa de estacionamiento, deberá tener un muro o reja de, mínimamente, 1,80 metros de altura.
  • Debe estar edificada de medianera a medianera, salvo que cuente con un muro o reja.
¿Qué es un Mobiliario Familiar?2018-03-07T23:29:50-03:00

Se trata de un conjunto de cosas muebles, ropa, enseres domésticos o de uso personal, provisiones y otros efectos personales que se encuentren en la vivienda propiedad del asegurado, de sus familiares o de las personas que con él convivan o del personal a su servicio.

¿Por qué hay que declarar la actividad en una cobertura de accidentes personales?2018-03-07T23:31:11-03:00

De la actividad depende la subscripción, la evaluación del riesgo y el costo del seguro.

Si contrato un seguro de Accidentes Personales para mis empleados, ¿puedo agregarme como beneficiario?2018-03-07T23:31:44-03:00

Sí, pero la indemnización se pagará según el perjuicio económico que sufra el tomador de la póliza ante el accidente de su dependiente asegurado. No se puede beneficiar el contratante por la muerte o incapacidad de sus empleados, ya que se trataría de enriquecimiento ilícito.

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